partes sociales de un valor nominal de QUINIENTOS MIL PESOS ($500.000) los socios fundadores así: El socio ANDREA ARAUJO aporta en (efectivo) la
suma de DOCE MILLONES QUINIENTO MIL PESOS ($12.500.000) equivalente
a (25)
cuotas o partes sociales; el socio KATHERYN ESTRADA aporta en (efectivo)
la suma de QUINCE MILLONES DE PESOS ($15.000.000)
equivalente a (30) cuotas o partes
sociales; el socio ISELA TORRES FIERRO
aporta en (efectivo) la suma de DIEZ
MILLONES DE PESOS ($10.000.000 )
equivalente a (20) cuotas o partes
sociales; el socio EMELIS MELENDRES
aporta en (efectivo) la suma de CINCO
MILLONES DE PESOS($5.000.000)
equivalente a (10) cuotas o partes
sociales; el socio MARIA DEL CARMEN
ARIAS aporta en (efectivo) la suma de SIETE
MILLONES QUINIENTO MIL PESOS ($7.500.000)
equivalente a (15) cuotas o partes
sociales.
ART. 6°. Todos y cada uno de los socios
delegan la representación y administración de la sociedad en un gerente, quien
podrá celebrar y ejecutar todos los actos y contratos comprendidos dentro del
objeto social o que tenga relación directa con la existencia o funcionamiento
de la sociedad.
ART. 7°.: Todos los socios de la compañía
componen la Junta de Socios, que tendrá una reunión ordinaria cada (6) meses en
la sede social de la empresa , en la fecha y hora determinada por el gerente y
avisada por escrito a los socios con quince días de anticipación, por lo
menos. Las reuniones extraordinarias se
efectuaran cuando asi lo determinen el representante legal o los socios.
ART. 8. La Junta e socios ejercerán las
siguientes funciones:
a-
Estudiar y aprobar las reformas a los estatutos
sociales.
b-
Examinar, aprobar o improbar los balances de fin de
ejercicio y las cuentas que deba rendir el gerente.
c-
Disponer de las utilidades sociales conforme a lo
revisto en los estatutos y en la ley.
d-
Elegir y remover libremente al Gerente Y al
Subgerente.
e-
Constituir las reservas que deba hacer la sociedad.
f-
Resolver todo lo relativo a la cesión de cuotas así
como la admisión de nuevos socios.
g-
Los demás que le asigne la ley y los estatutos.
ART. 9. La sociedad llevara un libro
debidamente registrado en que se anotaran, por orden cronológico, las actas de
las reuniones de la Junta de Socios y estas serán firmadas por su presidente y
secretario, en cada oportunidad.
ART. 10. Cada (6) meses, el 30 de junio y el
31 de diciembre se verificara el Balance
General de los negocios, igualmente se harán balances generales
extraordinarios, cada vez que cualquiera de los socios asi lo solicite. Estos Balances se harán en la forma indicada
por los artículos 445 a 450 del C. de Co.
ART. 11. Las utilidades deberán repartirse
en cada ejercicio social proporcionalmente al monto de sus aportes.
ART. 12. El reparto
de las utilidades entre los socios requerirá la aprobación previa de la Junta
de Socios, la justificación de ellas con balances fidedignos, la deducción
previa de las sumas necesarias para integrar la Reserva Legal y el pago de
impuestos.
ART. 13. La reserva legal de los socios
ascenderá por lo menos al cincuenta por ciento del capital social. La Junta de Socios podrá ordenar reservas
ocasionales con fines determinados, que
serán obligatorias para el ejercicio social en el cual se hagan; y podrán
cambiar la destinación de estas reservas ocasionales u ordenar su distribución
cuando sean innecesarias. Hechas las
reservas aludidas, el remanente será distribuido entre los socios en las
proporciones acordadas en el contrato.
ART. 14. El término de duración de esta
sociedad será de diez (10) años, contados a partir de la fecha de la presente
escritura.
ART. 15. Además de las causales generales de
disolución, esta sociedad quedara disuelta cuando ocurran perdidas que reduzcan
el capital por debajo del 50%, o cuando el número de socios exceda de
veinticinco (25) (Art. 370 del C. de Co.).
ART.16. La sociedad llevara un libro de
inscripción de socios registrado en la Cámara de Comercio, en el cual se
anotaran el nombre, nacionalidad, domicilio, documento de identificación y
numero de cuotas sociales o partes de capital que cada uno poseyere, así como
los embargos, gravámenes y cesiones que se hubieren producido aun por vía de
remate.
ART. 17. La representación legal de la
sociedad como se ha dicho, corresponderá al gerente. Señalase un periodo de dos años para el
ejercicio de las funciones de la persona a quien se designe como tal, contados
a partir de la fecha de la presente escritura.
ART. 18. En todo lo no previsto en el
presente contrato, la sociedad se regirá por las disposiciones legales sobre
sociedades de responsabilidad limitada y sociedades anónimas.
Firmas:
ANDREA ARAUJO RODRIGUEZ KATHERYN
ESTRADA
Socio 1 Socio 2
MARIA DEL CARMEN ARIAS PEREZ EMELIS MELENDRES MUTIS
Socio3
Socio 4
COMPROBANTES DE CONTABILIDAD
Comprobante de
contabilidad no. 1
·
Comprobante de apertura, aportes sociales de los
socios.

·
Apertura de cuenta corriente, en el Banco Agrario,
según recibo de consignación 50.000.000 (anexar recibo del banco) por valor de
$ 50.000.000

·
Se pagan $200.000 como honorarios al doctor Agustín Pérez,
por la elaboración de la escritura de la sociedad; Rete fuente del 11%,
comprobante de pago No.1 Cheque No. 1212121 del Banco Agrario. (anexar comprobante de
egreso)

·
Se paga por matricula de registro mercantil y por
inscripción de libros de contabilidad, a la Cámara de Comercio $142.000,
comprobante de pago No. 2 Cheque No.1212122 del Banco Agrario.

·
·
Se paga arriendo de local por tres meses a
Inmobiliaria Central a razón de $800.000 mensuales; retención 3,5%, comprobante
de pago No. 03, cheque No. 1212123

·
Se paga impresión de papelería por $370.000; IVA 16%
según factura No. 700 de Mario Arcila, comprobante de pago No. 04, cheque No.
1212124, Rete fuente 4%.

·
Se paga el impuesto de Industria y Comercio por un
mes; comprobante de pago No. 05, cheque No. 1212125 del Banco Agrario por
$180,000. 

·
Se paga adecuación y decoración de instalaciones
locativas a Iván Paz según factura No. 520 por $1'000,000; Rete fuente 4%,
comprobante de pago No. 06, cheque No. 1212126 del Banco Agrario.

·
Compra a créditos
muebles para el almacén a Mobilarte, según factura No. 1300 por $3'000,000, IVA
16%, rete Fuente 3%.

COMPROBANTE DE
CONTABILIDAD No. 03
·
Compra de (Mercancía y/o materia prima) al contado a
Distribuidora Primavera, por valor de 580.000 c/u; IVA 16% según factura No.
2010, rete fuente 3%, comprobante de pago No. 07, cheque No. 1212127.
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