miércoles, 23 de noviembre de 2016

partes sociales de un valor nominal de QUINIENTOS MIL PESOS ($500.000) los socios fundadores así: El socio ANDREA ARAUJO aporta en (efectivo) la suma de DOCE MILLONES QUINIENTO MIL PESOS ($12.500.000)   equivalente a  (25) cuotas o partes sociales;  el socio KATHERYN ESTRADA aporta en (efectivo) la suma de QUINCE MILLONES DE PESOS ($15.000.000) equivalente a (30) cuotas o partes sociales; el socio ISELA TORRES FIERRO aporta en (efectivo) la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS ($10.000.000 ) equivalente a (20) cuotas o partes sociales; el socio EMELIS MELENDRES aporta en (efectivo) la suma de CINCO MILLONES DE PESOS($5.000.000) equivalente a (10) cuotas o partes sociales; el socio MARIA DEL CARMEN ARIAS aporta en (efectivo) la suma de SIETE MILLONES QUINIENTO MIL PESOS ($7.500.000) equivalente a (15) cuotas o partes sociales.
ART. 6°. Todos y cada uno de los socios delegan la representación y administración de la sociedad en un gerente, quien podrá celebrar y ejecutar todos los actos y contratos comprendidos dentro del objeto social o que tenga relación directa con la existencia o funcionamiento de la sociedad.
ART. 7°.: Todos los socios de la compañía componen la Junta de Socios, que tendrá una reunión ordinaria cada (6) meses en la sede social de la empresa , en la fecha y hora determinada por el gerente y avisada por escrito a los socios con quince días de anticipación, por lo menos.  Las reuniones extraordinarias se efectuaran cuando asi lo determinen el representante legal o los socios.
ART. 8.  La Junta e socios ejercerán las siguientes funciones:
a-    Estudiar y aprobar las reformas a los estatutos sociales.
b-    Examinar, aprobar o improbar los balances de fin de ejercicio y las cuentas que deba rendir el gerente.
c-     Disponer de las utilidades sociales conforme a lo revisto en los estatutos y en la ley.
d-    Elegir y remover libremente al Gerente Y al Subgerente.
e-    Constituir las reservas que deba hacer la sociedad.
f-      Resolver todo lo relativo a la cesión de cuotas así como la admisión de nuevos socios.
g-    Los demás que le asigne la ley y los estatutos.
ART. 9. La sociedad llevara un libro debidamente registrado en que se anotaran, por orden cronológico, las actas de las reuniones de la Junta de Socios y estas serán firmadas por su presidente y secretario, en cada oportunidad.
ART. 10. Cada (6) meses, el 30 de junio y el 31 de diciembre  se verificara el Balance General de los negocios, igualmente se harán balances generales extraordinarios, cada vez que cualquiera de los socios asi lo solicite.  Estos Balances se harán en la forma indicada por los artículos 445 a 450 del C. de Co.
ART. 11. Las utilidades deberán repartirse en cada ejercicio social proporcionalmente al monto de sus aportes.
ART. 12. El reparto de las utilidades entre los socios requerirá la aprobación previa de la Junta de Socios, la justificación de ellas con balances fidedignos, la deducción previa de las sumas necesarias para integrar la Reserva Legal y el pago de impuestos.
ART. 13. La reserva legal de los socios ascenderá por lo menos al cincuenta por ciento del capital social.  La Junta de Socios podrá ordenar reservas ocasionales con fines  determinados, que serán obligatorias para el ejercicio social en el cual se hagan; y podrán cambiar la destinación de estas reservas ocasionales u ordenar su distribución cuando sean innecesarias.  Hechas las reservas aludidas, el remanente será distribuido entre los socios en las proporciones acordadas en el contrato.
ART. 14. El término de duración de esta sociedad será de diez (10) años, contados a partir de la fecha de la presente escritura.
ART. 15. Además de las causales generales de disolución, esta sociedad quedara disuelta cuando ocurran perdidas que reduzcan el capital por debajo del 50%, o cuando el número de socios exceda de veinticinco (25) (Art. 370 del C. de Co.).
ART.16. La sociedad llevara un libro de inscripción de socios registrado en la Cámara de Comercio, en el cual se anotaran el nombre, nacionalidad, domicilio, documento de identificación y numero de cuotas sociales o partes de capital que cada uno poseyere, así como los embargos, gravámenes y cesiones que se hubieren producido aun por vía de remate.
ART. 17. La representación legal de la sociedad como se ha dicho, corresponderá al gerente.  Señalase un periodo de dos años para el ejercicio de las funciones de la persona a quien se designe como tal, contados a partir de la fecha de la presente escritura.
ART. 18. En todo lo no previsto en el presente contrato, la sociedad se regirá por las disposiciones legales sobre sociedades de responsabilidad limitada y sociedades anónimas.

Firmas:

ANDREA ARAUJO RODRIGUEZ                         KATHERYN ESTRADA
Socio 1                                                                                    Socio 2


MARIA DEL CARMEN ARIAS PEREZ         EMELIS MELENDRES MUTIS
Socio3                                                                                          Socio 4










COMPROBANTES DE CONTABILIDAD

 

                  Comprobante de contabilidad no. 1
·         Comprobante de apertura, aportes sociales de los socios.

Comprobante de contabilidad no. 2
·         Apertura de cuenta corriente, en el Banco Agrario, según recibo de consignación 50.000.000 (anexar recibo del banco) por valor de $ 50.000.000
·         Se pagan $200.000 como honorarios al doctor Agustín Pérez, por la elaboración de la escritura de la sociedad; Rete fuente del 11%, comprobante de pago No.1  Cheque No. 1212121 del Banco Agrario. (anexar comprobante de egreso)
·         Se paga por matricula de registro mercantil y por inscripción de libros de contabilidad, a la Cámara de Comercio $142.000, comprobante de pago No. 2 Cheque No.1212122 del Banco Agrario.
·          
·         Se paga arriendo de local por tres meses a Inmobiliaria Central a razón de $800.000 mensuales; retención 3,5%, comprobante de pago No. 03, cheque No. 1212123
·         Se paga impresión de papelería por $370.000; IVA 16% según factura No. 700 de Mario Arcila, comprobante de pago No. 04, cheque No. 1212124, Rete fuente 4%.

·         Se paga el impuesto de Industria y Comercio por un mes; comprobante de pago No. 05, cheque No. 1212125 del Banco Agrario por $180,000.

·         Se paga adecuación y decoración de instalaciones locativas a Iván Paz según factura No. 520 por $1'000,000; Rete fuente 4%, comprobante de pago No. 06, cheque No. 1212126 del Banco Agrario.
                                                                                                                                                        
·           Compra a créditos muebles para el almacén a Mobilarte, según factura No. 1300 por $3'000,000, IVA 16%, rete Fuente 3%.

 

                   COMPROBANTE DE CONTABILIDAD No. 03


·         Compra de (Mercancía y/o materia prima) al contado a Distribuidora Primavera, por valor de 580.000 c/u; IVA 16% según factura No. 2010, rete fuente 3%, comprobante de pago No. 07, cheque No. 1212127.

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